La Ley Contra el Racismo sigue en el centro de una importante movilización de los sindicatos de periodistas
Organización:
Hoy, 15 de noviembre, finaliza una vasta recolección de firmas, emprendida por algunos sindicatos de periodistas para solicitar al Parlamento la modificación de la Ley 045 Contra el Racismo y toda forma de Discriminación, promulgada el 8 de octubre de 2010. El 7 noviembre unas 700.000 firmas habían sido recabadas, según los organizadores de esta petición. Desde el principio, dos artículos de la nueva legislación suscitaron la desconfianza y la inquietud entre la profesión.
Paralelamente a esta petición, el gobierno aceleró el trabajo de las mesas de consultación de la sociedad civil organizadas para reglamentar dicha ley. Sin embargo, la mayoría de los organismos profesionales decidieron no formar parte de la discusión. Un observatorio de los medios de comunicación fue creado especialmente para dar seguimiento a las eventuales quejas contra los periodistas o los medios de comunicación que apoyan la ley.
Reporteros sin Fronteras nunca ha cuestionado el principio general de una ley que se justifica por el contexto político reciente en Bolivia. No obstante, habíamos recomendado realizar modificaciones con el fin de evitar toda ambigüedad en la aplicación de la ley, particularmente en lo que respecta al artículo 16, que prevé la suspensión de la licencia para el medio de comunicación que “autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias”. Habíamos sugerido que la sanción se aplicara a “los medios de comunicación que hagan explícitamente apología al racismo o a la discriminación”. La Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) se pronunció en el mismo sentido.
Las consultas organizadas por el gobierno sobre la reglamentación de la ley son en sí mismas positivas. Por desgracia, constatamos que la nueva legislación ha comenzado a aplicarse sin que su controversial formulación sea clarificada previamente. Nuestros temores se confirman con los casos que se han suscitado. Una ley mal formulada y mal aplicada corre el riesgo de incumplir su objetivo y de ser deslegitimada.
Un primer caso, ocurrido en Potosí, concierne a los procesos legales emprendidos por la ex secretaria de la Federación de Campesinas contra el conductor del programa “El Variadito”, José Luis Apacani. Durante el programa, transmitido en directo, un espectador la calificó de “cara de llama” (término racista empleado contra las poblaciones indígenas del Altiplano). Los propietarios de la cadena privada Canal 33 decidieron suspender la emisión: “se trata de una prueba de negligencia del periodistas. Le habíamos dicho que no transmitiera llamadas telefónicas, pero desobedeció”. Aquí aparece el problema que plantean los términos de la ley respecto a la responsabilidad de los medios de comunicación. En los hechos, Canal 33 y su conductor no han hecho un llamado al racismo, incluso si el discurso del telespectador es, en efecto, condenable. La confusión jurídica puede producir la autocensura, como lo vemos.
Un segundo caso concierne al diario La Patria, contra el cual los políticos de la región de Oruro anunciaron que se quejarían. En un artículo con fecha del 9 de septiembre, el periódico los llamaba “concejiles” en lugar de “concejales”, palabra que los legisladores consideraron “discriminatoria”. En este caso, el delito perece menos consistente y aparece otro problema, que la ley no es retroactiva, que debe aplicarse normalmente en los casos posteriores a su promulgación.
(Foto : La Prensa)
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20.01.2016