Reporteros sin Fronteras se felicita de que la Cámara de los Diputados haya aprobado definitivamente, el 12 de diciembre de 2007, la nueva legislación de medios comunitarios. Se estima que en todo el país afecta a unos 200 medios de comunicación, en su mayoría radios pequeñas.
Reporteros sin Fronteras se felicita de que la Cámara de Diputados aprobara definitivamente, el 12 de diciembre de 2007, la Ley de medios comunitarios. Sin ignorar las dificultades de su puesta en marcha -teniendo en cuenta el número de medios a los que afecta-, la organización ha apoyado siempre el texto, elaborado con la colaboración de la sociedad civil, como un ejemplo a seguir por los demás países del continente.
“Deseamos que, con la próxima entrada en vigor de la ley, se resuelva de una forma justa el reto planteado por los medios comunitarios que, en plena expansión en América Latina, son importantes vectores de la información de proximidad y del pluralismo, y no pueden seguir manteniéndose en la clandestinidad. La definición de su estatuto, los criterios y la condiciones para la concesión de frecuencias que establece la nueva ley nos parece que representan avances reales. Deseamos que este texto inspire a otros países del continente”, ha declarado Reporteros sin Fronteras.
El 12 de diciembre, los diputados uruguayos aprobaron definitivamente la nueva legislación de medios comunitarios, aprobada casi por unanimidad en la primera lectura el pasado 5 de junio, y aprobada en los mismos términos por el Senado el 14 de noviembre. La ley establece que un tercio de las frecuencias disponibles deberán concederse a medios comunitarios, en su mayoría pequeñas radios que una investigación privada, citada por el diario El País, estima en alrededor de 200.
Los medios comunitarios dispondrán de un plazo de sesenta días a contar desde la promulgación de la ley, de aquí al mes de marzo de 2008, para inscribirse en la Unión Reguladora de Servicios Comunitarios (Ursec), y poder así presentar la candidatura para conseguir una frecuencia legal. El censo es voluntario y solo vale para los medios que lleven emitiendo desde al menos un año antes de la entrada en vigor de la nueva ley.
Redactada inicialmente por la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC), la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU) y la Central de Trabajadores (PIT-CNT), la nueva legislación define las radios y televisiones comunitarias como “servicios de interés público independientes del Estado, proporcionados por asociaciones civiles sin ánimo de lucro”, destinados a “satisfacer las necesidades de la comunicación, consagrar el ejercicio del derecho a la información y la libertad de expresión” de los ciudadanos. La ley fija pocas restricciones, salvo la ausencia de ánimo de lucro y de proselitismo político o religioso, para calificar a un medio como “comunitario” y concederle el derecho a emitir.
La principal innovación del texto reside en que la concesión de frecuencias se hará “mediante concursos abiertos, transparentes y públicos”, y ya no dependerá , como antes, de los criterios del Estado. Ahora habrá un Consejo Honorario Consultivo, formado por representantes del Estado, de la sociedad civil y de universidades públicas y privadas, habilitado para intervenir en el proceso de concesión y renovación de las frecuencias (leer el comunicado del 15 de noviembre de 2007). El Consejo ayudará a establecer el censo de medios de la Ursec.